En la CETU, ¿quién tendrá la última palabra?
El pasado 20 de junio el Ejecutivo Federal presentó al Congreso de la Unión el Proyecto de Reforma Fiscal para 2008, en el cual, además de las reformas previsibles a la Ley del Impuesto sobre la Renta, se incluyeron dos iniciativas de Ley que contemplan la creación de dos nuevos impuestos: el Impuesto contra la Informalidad y la Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU).
Desde ese momento y hasta la fecha, no ha transcurrido un día sin que los medios de comunicación (radio, televisión y prensa) informen sobre el tema, debido al impacto que la propuesta de estos impuestos, en particular del CETU, causó entre los diversos actores de la sociedad, lo cual originó que sectores que tradicionalmente no se involucran en temas fiscales se pronunciaran al respecto.
En efecto, el mismo día en que el Secretario de Hacienda y Crédito Público presentó el proyecto a la Cámara de Diputados iniciaron los pronunciamientos en aquellos que tradicionalmente se ven afectados o interesados en las reformas fiscales: organismos empresariales, colegios de profesionistas y partidos políticos; sin embargo, conforme transcurrieron los días y se analizó la iniciativa presentada, otros sectores de la sociedad como son las instituciones de enseñanza privada, las instituciones de asistencia privada, e incluso, las asociaciones religiosas, se manifestaron sobre el tema. ¿El motivo del pronunciamiento inusual de estos segmentos? El único posible: “la afectación a sus intereses económicos”.
Y es que acorde con el proyecto presentado, algunos de estos sectores, como son las instituciones de enseñanza privada, aun cuando para efectos del Impuesto sobre la Renta no son contribuyentes, sí tendrán ese carácter para la CETU; en tanto que otros grupos, como las instituciones de asistencia privada y asociaciones religiosas, si bien son considerados como sujetos exentos de la CETU, no menos cierto es que se ven afectados por este impuesto en la medida en que éste no permite la deducción de las donaciones, lo cual evidentemente preocupa a estos grupos al existir la posibilidad de que disminuya el monto de las donaciones que reciben.
Los argumentos de desacuerdo en contra de este impuesto varían dependiendo del sector que los pronuncie; sin embargo, independientemente del grupo de que se trate, dos son los temas de mayor preocupación: el objeto y la tasa. En relación con el primer punto, el descontento se genera por el hecho que dentro del objeto quedan gravados conceptos como los salarios pagados por el contribuyente y las cuotas de seguridad social, lo cual repercute de manera negativa en aquellos contribuyentes cuyo principal activo es la mano de obra, como la industria maquiladora. Por lo que respecta a la tasa, la molestia consiste en el porcentaje propuesto (16% para 2008 y 19% a partir de 2009).
Hasta el momento la discusión se ha enfocado a lo señalado anteriormente y los grupos sociales involucrados en el tema han externado la necesidad de que el proyecto sea modificado a fin de permitir la deducción de sueldos y disminuir la tasa; a lo cual el Ejecutivo Federal ha manifestado su disposición a modificar la iniciativa, sin aclarar si las modificaciones serían en ese sentido.
El tema evidentemente seguirá dando de qué hablar, toda vez que la CETU aún deberá vencer varios obstáculos: la aprobación de un periodo extraordinario para su discusión; el consenso y acuerdo político por parte de los grupos parlamentarios para su análisis con antelación al vencimiento del plazo de presentación del proyecto de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos para 2008 (que vence el 8 de septiembre de este año), a fin de poder considerar la estimación de ingresos por este impuesto, entre otros. Sin embargo, ante la polémica y descontento que ha generado la propuesta entre los sectores sociales, aun y cuando el Congreso de la Unión llegase a aprobar el impuesto, e incluso, modificara el proyecto a fin de retomar las demandas de los grupos sociales (deducciones y tasa), lo cierto es que la viabilidad del futuro de ese impuesto aún estaría en tela juicio.
En efecto, ante el descontento generalizado por este impuesto, lo más probable sería que los contribuyentes que se sientan afectados por la aprobación de este impuesto decidan, como en otros casos, ampararse en contra de esta contribución, quedando así en manos de los Tribunales la decisión final. Lo cual no sería ninguna novedad, toda vez que en la historia reciente abundan casos como el señalado. Basta mencionar a los ya extintos impuestos (suntuario y el sustitutivo de crédito al salario), los cuales, previo cabildeo, modificación y aprobación por el Congreso de la Unión, terminaron siendo abrogados como consecuencia de las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En este sentido y a reserva de lo que pueda pasar con el proyecto, en caso de ser aprobada la CETU, se vislumbran en su concepción algunos problemas de constitucionalidad, que pudieran llevar en su momento a reclamar su inconstitucionalidad por violación a los principios de proporcionalidad y equidad, quedando así en manos del Poder Judicial la decisión final del destino de esta contribución







