Nueva ley de Home office en Mexico

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Ley home office en mexico



Pese a que hace una semana que entró en vigor la reforma sobre el teletrabajo o home office, la cual establece que el empleador tendrá que pagar a los trabajadores los gastos por el uso de internet, energía eléctrica, así como proporcionarle equipo de cómputo para realizar sus labores desde sus casas, las empresas aún no saben cómo realizarlo y consideran que le falta claridad a la ley.


Iván Rivas, director de Coparmex Nuevo León, señaló que en este momento no se puede estimar lo que significará esta nueva obligación patronal. Sin embargo, es ineludible que representará un golpe más en la estructura de costos de las empresas. “Las empresas han sido fuertemente afectadas por la pandemia del covid-19, han incurrido además en importantes costos para adaptarse y poder reactivarse en las condiciones y cumplimiento requerido, asumiendo la responsabilidad que les corresponde y buscando mantener los empleos. Todo esto ante el olvido y la falta de apoyos verdaderos por parte del gobierno”.  


Indicó que esto tiene a las empresas en una situación precaria en la que esas cargas adicionales significan otro golpe. Las empresas de Nuevo León, aseguró, están conscientes de las obligaciones con sus trabajadores, quienes a su vez conocen la realidad que atraviesan sus centros de trabajo, “por lo que estimamos que habrá un esfuerzo conjunto”.  Sin embargo, destacó que las empresas de Nuevo León, como las del resto del país, padecen una crisis de liquidez, producto de la caída en ventas de 2020, por lo que sí se verán afectadas. Dijo que de acuerdo con un sondeo realizado entre los socios en el tercer trimestre del 2020, el 34.4 por ciento de las empresas tenía entre 1 y 25 por ciento del personal trabajando a distancia; el 18.8 por ciento de 26 a 50 por ciento; el 12.5 por ciento de las empresas del 51 al 75 por ciento del personal, y el 31.3 por ciento de las empresas entre el 76 y 100 por ciento de su personal en home office. 


Uno de los retos es la manera en la que se realizará el reembolso para que el pago de servicios en telecomunicaciones, del cual será responsable el patrón, no sea un ingreso gravable, indicó Armando Leñero, presidente del Centro de Estudios del Empleo Formal (CEEF). Consideró que este aspecto deberá regularse a través de una miscelánea fiscal para que el gasto sea deducible para las empresas. El especialista puntualizó que los pagos derivados de cubrir servicios, como luz e internet, deben estipularse por escrito y no considerarse como parte del salario base integrado del trabajador, sino la prestación de una herramienta. De lo contrario, se pueden incrementar los costos de la seguridad social. 


No obstante, de los retos, afirmó que el mercado laboral mexicano está listo, dado que no son muchas cosas las que hay que modificar. El presidente del CEEF enumeró los desafíos para las empresas, a partir de la modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT) y detalló que la relación de home office se tiene que especificar dentro de los reglamentos internos de trabajo, o bien en los contratos colectivos, cuando estos últimos no existan. Asimismo, la empresa necesita desglosar las características que peritarían la correcta ejecución del teletrabajo. 


Mencionó que debido a que la desconexión digital es un derecho constitucional, se necesita establecer que esta práctica será supervisada por los tribunales, o instancias correspondientes, para determinar las medidas a tomar cuando se incumpla con la desconexión, de manera que los trabajadores tengan un horario establecido y espacios de descanso. Resaltó que no se establece aún reformas sobre nuevas sanciones.  Sin embargo, dentro de la LFT se contempla una multa entre 250 UMAS (21 mil 720 pesos) y 5 mil UMAS (434 mil 400 pesos) a los patrones que incumplan con las normas de remuneración, duración de la jornada y descansos contenidas en el contrato. 


Comentó que para el caso de los trabajadores independientes o freelance aun cuando no tengan un contrato, deben contar con derechos y protección. Por lo que el cobro por honorarios debe ser analizado, al ser un esquema que podría prestarse a la evasión de responsabilidades laborales. La Cámara de la Industria de Transformación (Caintra) dijo que según el más reciente sondeo realizado a sus socios, el 28 por ciento de los trabajadores del sector se encuentra laborando desde su casa; y es que si bien las líneas de producción no pueden trasladarse al hogar, está área económica ha logrado que 1 de cada 3 trabajadores realice funciones de forma remota. 


“Quisiéramos resaltar que la experiencia del trabajo remoto ha sido positiva, dejando ver grandes beneficios en general, tales como un mayor ahorro en gastos económicos por traslados y pérdida de tiempo, una mayor calidad de vida para los colaboradores y sus familias, así como una mayor productividad en el rol profesional del colaborador; donde por ejemplo, en el caso del personal interno de Caintra, en el último sondeo realizado, el 58 por ciento de los colaboradores afirmó haber incrementado su productividad haciendo home office”.  

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