¿Deducciones personales? conoce lo que puedes tramitar ante el SAT

​Conoce los beneficios y las reglas a cumplir para su deducibilidad.
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Deducciones personales ante el SAT



Algunos gastos familiares sí pueden incluirse en las deducciones al pagar impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), tales como recibos de luz, agua, internet y los gastos que haga tu pareja a tu nombre, sin embargo, hay varias especificaciones en cada caso.


¿Que son estas deducciones personales? Deducciones que tienen derecho las personas físicas de cualquier régimen de la ley de ISR.


Dentro de las deducciones personales que nos marca el art 151 de la ley de ISR, podemos clasificarlos en gastos de nuestra vida diaria como son:


SALUD


-        Honorarios Médicos

-        Honorarios Dentales

-        Servicios de Psicología 

-        Nutrición

-        Gastos Hospitalarios

-        Compra o alquiler de aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente

-        Gastos Funerarios (1 uma elevada al año $32,693.40)

-        Primas de Seguros de gastos Médicos 

-        Lentes


CASA 


-        Intereses Reales de Créditos Hipotecarios (750,000 udis 6.6= 4,950,000)


ESCUELAS


-        Colegiaturas (kínder, primaria, secundaria, preparatoria y universidad)

-        Transporte Escolar Obligatorio


AHORRO


-        Aportaciones Voluntarias a la Subcuenta de Retiro


DONATIVOS


-        Donativos (Tope del 7% de los ingresos que en el ejercicio anterior hayan servido de base para el cálculo del ISR del contribuyente).



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En este articulo hablaremos de las Aportaciones Voluntarias a la Subcuenta de Retiro, observando los beneficios y las reglas a cumplir para su deducibilidad.


Desde hace nueve años el gobierno decidió que las personas físicas además de un 15% de deducciones que ya existían (deducciones antes mencionadas), agregaría un 10% para incentivar el ahorro y así nacieron las Aportaciones Voluntarias a la Subcuenta de Retiro.

Con la creación de esta deducción el gobierno buscaba que las personas físicas generaran ahorro para su vejez e indirectamente una ayuda para el impuesto anual.


Actualmente el porcentaje que nos permite deducir corresponde un 10% del total de los ingresos acumulables del contribuyente o 5 uma elevada al año, las cuales para 2020 fueron de $158,566.00 lo que sea menor.


Si consideramos que por deducciones derivadas por gastos de nuestra vida diaria como lo es en la casa, salud y escuelas, podemos adicionar un 10% de deducción por ahorrar para nuestro futuro y si en cierto momento hemos sido filántropos sin hacerlo onerosamente, nos permiten una deducción del 7% de los donativos, estamos hablando de un porcentaje importante de deducción, a nuestros ingresos anuales.


Para poder hacer deducibles estas aportaciones se deben de considerar las limitaciones que marca la autoridad para su cumplimiento, entre ellas tenemos las siguientes:


Ø  Cumplir con requisitos de permanencia

Ø  Tope 10% de los ingresos acumulables del contribuyente o 5 uma elevada al año ($158,556 para 2020)

Ø  Contar con el CFDI de la institución financiera

Ø  Que la institución financiera cuente con autorización

Ø  Si los recursos se retiran antes de cumplir 65 años, o de actualizarse el supuesto de invalidez o incapacidad, serán ingresos acumulables.

Ø  Si el asegurado o titular de la cuenta de retiro fallece, los recursos se entregan a sus beneficiarios, estos deberán considerarlos como ingresos acumulables



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Requisito de permanencia, la aportación que se haga para ahorrar debe de permanecer hasta después de la jubilación a los 65 años, en caso de no cumplir con este punto y retirar el dinero, deberá acumularse junto a los otros ingresos mensuales y no hasta la anual.


Contar con un CFDI ya que ahora la información ya está precargada en nuestra declaración anual, este comprobante debe de cumplir con todas las reglas que marca la autoridad, de lo contrario estas no aparecerán en nuestra declaración y aquí podemos mencionar otro de los puntos a cumplir, que la institución financiera que emite estos comprobantes cuente con autorización por parte del gobierno, ya que de lo contrario aun que los comprobantes cumplan con todos los requisitos y esta información se ingrese manualmente a la declaración, el SAT no considerara este documento válido y en caso de generar un saldo a favor este no será devuelto por la autoridad.


Un requisito final es que en caso de que el asegurado o titular de la cuenta de retiro fallece, el dinero será entregado a los beneficiarios, pero estos tendrán que acumularlo como le llega a su cuenta bancaria, ya sea en una sola exhibición o en por partes y la tasa a la que se pagara el impuesto es con la que esté pagando impuestos el beneficiario.  


Esta deducción personal será aplicable para el ejercicio 2021, pero en la actualidad se está discutiendo en el paquete económico 2022 si sigue o se disminuye esta deducción del 10% y pasa a formar parte del 15%.

Ejemplo.

Si una persona en 2021 tiene una actividad por salarios, honorarios, arrendamiento, etc, podrán deducir honorarios médicos, dentales, gastos hospitalarios, entre otros, estos hasta por un monto de $163,000.00 más una cantidad adicional por donativos y aportaciones para su fondo de retiro.


En caso de aprobarse el paquete económico 2022, los donativos y aportaciones para su fondo de retiro formaran parte de las demás deducciones y estas se toparían en $163,000, si una persona ya presentando su declaración anual 2022 y ya alcanzo el límite de los $163,000 y aún le falta meter las deducciones por Aportaciones para su fondo de retiro, ya no le va a permitir adicionarlas por el tope mencionado y no se verá un beneficio fiscal para estas aportaciones.


Esperemos el resultado del paquete económico 2022, para saber si seguimos con el 10% de deducción adicional y formara parte de las deducciones topadas.  


Colaboracion de:


C.P.C. Eduardo García Hidalgo y  L.C. Salvador Sanchez Ortega

Integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal del colegio de contadores publicos de Mexico.

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